Cheque innovación
CHEQUE INNOVACIÓN 2018 – 2019 COMUNIDAD MADRID
Objetivo:
Ayudar a que las PYMEs puedan contratar proyectos científicos, tecnológicos o de innovación con centros tecnológicos, universidades y organismos de investigación o con proveedores de servicios de I+D+i, con el objetivo de mejorar la competitividad y productividad de las empresas mediante el desarrollo de proyectos de innovación que modernicen sus procesos de negocio.
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas* que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid. * Pequeñas: ocupan a menos de 50 personas, con un volumen de negocios anual o balance general anual que no supera los 10 MM€; Medianas: ocupan a menos de 250 empleados, con un volumen de negocio anual que no exceda de 50 MM€ o un balance general anual que no exceda de 43 MM€.
Excluídas Start ups o Spin offs **
** Las empresas jóvenes innovadoras de base tecnológica, (start-up o spin-off empresariales o universitarias) estarán excluidas: toda pequeña empresa no cotizada, constituida como sociedad mercantil como máximo en los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda, que no haya distribuido beneficios ni surja de una operación de concentración (en el caso de empresas que no estén obligadas a registrarse, podrá considerarse que el período de cinco años empieza a contar desde el momento en que la empresa inicie su actividad económica o bien esté sujeta a impuesto por su actividad económica), que no esté enmarcada en los sectores inmobiliarios o financiero. Además, deberán disponer de cuentas del último ejercicio cerrado depositadas en el Reg. Mercantil. Aquellas empresas que no tengan un año completo de actividad deberán presentar un balance actualizado económico firmado y sellado por el representante con poder de representación de la entidad, y contar con carácter general, con una participación accionarial mínima de los promotores de la empresa del 50 %.
Requisitos de las solicitudes:
No se consideran costes subvencionables el IVA, las tasas públicas (salvo en el caso de la protección de la innovación) y el resto de tributos ligados a la inversión o gasto.
Importe subvencionable:
La cuantía de la ayuda será del 80% sobre los gastos que resulten subvencionables, (IVA excluido), con un máximo de 60.000€. Pago de la subvención por adelantado.
Gastos subvencionables:
Se contemplan once tipos de acciones subvencionables que deberán encargar las empresas a centros tecnológicos, universidades y organismos de investigación o bien a empresas proveedoras especializadas de servicios de I+D+i.
Captura 1 - Cheque innovación
Plazo de ejecución del proyecto:
Un año a partir del día de la resolución de la ayuda solicitada.
Fecha de presentación:
Hasta agotamiento de fondos. Las ayudas se conceden por orden de presentación.
Garantías:
No necesarias.
Importe total disponible:
1.790.000€
Para ampliar información o recibir un diagnóstico gratuito de las ayudas que puede recibir tu empresa:
Descripción de las actuaciones:
Actuación 1). Realización de diagnósticos de necesidades y oportunidades de innovación tecnológica y nuevos planes de innovación tecnológica, que deberán incluir, en ambos casos, una planificación operativa detallada de implantación y ejecución. Actuación 2). Diseño y mejora de sistemas de gestión y organización de la innovación. Actuación 3). Estudios de vigilancia tecnológica y de estado de la técnica. Acciones encaminadas a dotarse de información del exterior sobre ciencia y tecnología (análisis de la situación actual y tendencias), con el objetivo de transformarla en conocimiento que permita identificar oportunidades, tomar decisiones con menor riesgo y anticiparse a los cambios. Actuación 4). Estudios de viabilidad tecnológica e industrial. Acciones necesarias para determinar si es posible desarrollar tecnológica o industrialmente un producto o servicio y/o proceso en condiciones de seguridad con la tecnología disponible, verificando factores diversos, como resistencia estructural, durabilidad, operatividad, implicaciones energéticas, mecanismos de control, escalabilidad industrial, etc.., según el campo que se trate. Actuación 5). Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de producción vinculados a nuevos productos, procesos o servicios diferenciadores. Acciones dirigidas a la materialización de los resultados de la investigación industrial previa o de estudios previos de viabilidad tecnológica e industrial en un plano, esquema o diseño de nuevos productos, procesos o servicios industriales destinados a su explotación o utilización industrial. Puede incluir la creación de un primer prototipo funcional de producto, proceso o servicio no comercializable. Actuación 6). Pruebas de concepto. Testeo y validación experimental de nuevos prototipos de nuevos productos y/o servicios, procesos piloto, nuevos métodos o materiales. Acciones derivadas de desarrollo precompetitivos dirigidas a verificar y validar que, procesos piloto, nuevos métodos, productos, servicios o materiales cumplan los objetivos pretendidos en las especificaciones estipuladas. Incluye el desarrollo de demostradores no utilizables para aplicaciones industriales o para su explotación comercial. Actuación 7). Conceptualización y diseño de nuevos productos diferenciales. Acciones dirigidas a la generación de nuevos productos o servicios diferenciales respecto a los ya existentes en la empresa mediante la aplicación de herramientas de gestión del diseño. Deberán incluir un test de mercado y los estudios de mercado de tales innovaciones. Actuación 8). Rediseño o generación de nuevos productos y servicios. Acciones dirigidas a la diversificación de la capacidad productiva hacia nuevos productos. Ingeniería de producto o ingeniería de proceso y reconfiguración de procesos que impliquen una visión integral de la organización, y de su funcionamiento eficiente. Actuación 9). Transformación de procesos de fabricación. Acciones dirigidas a la economía de procesos para un mejor aprovechamiento de los recursos, que se traduzcan en una empresa más eficiente y sostenible, tanto en relación con el medio ambiente como a su propio futuro. Actuación 10). Desarrollo y/o integración de nuevo software vinculado con la I+D+i de pymes no productoras ni distribuidoras de servicios informáticos ni de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Para todos los sectores, se excluyen además las siguientes modalidades de actuación: toda aplicación o software ya existente, o adaptación del mismo, o que cuente con licencia; los desarrollos ofimáticos, financieros o contables; el desarrollo de páginas web, intranet, extranet y aplicaciones para terminales móviles con finalidad promocional, de marketing, de suministro de información corporativa o de mercado, o vinculadas a la creación o gestión de redes sociales o comerciales o de relación con los clientes; los servicios de telecomunicaciones o de almacenamiento de la información; la adquisición o arrendamiento de equipos (hardware), redes o sistemas físicos de tecnologías de la información o de las comunicaciones. Actuación 11). La protección de los activos intangibles de la empresa, la gestión de patente, modelos de utilidad, y de los derechos de propiedad industrial, que se realicen en España.